SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0575/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0575/2007-R

Fecha: 05-Jul-2007

II.3.

II.3.          Mediante Auto de 17 de mayo de 2007, la autoridad recurrida dispuso se expida mandamiento de libertad en el día, y de oficio ordenó a la Dirección Departamental de Migración, para que en el plazo de veinticuatro horas de su comunicación remita certificación donde conste el arraigo del ahora recurrente, bajo su exclusiva responsabilidad; además de que se advirtió en forma expresa al recurrente a cumplir con las medidas impuestas, bajo alternativa de revocar el Auto de concesión de medidas sustitutivas, conforme a lo dispuesto por el art. 247 del CPP (fs. 7 a 8).