SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2007-R

Fecha: 18-Jul-2007

Fragmento 12

            En resguardo y como garantía del derecho a la libertad, el art. 18 de la CPE ha establecido el recurso de hábeas corpus, cuyo desarrollo se resume en el Capítulo IX del Título Cuarto de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), como una acción tutelar que tiene por objeto proteger la libertad personal frente a una persecución, detención, procesamiento o prisión ilegal o indebida, u otra violación que tenga relación con el derecho a la libertad en cualquiera de sus formas, con la finalidad de que un juez o tribunal evalúe la situación jurídica de quien lo interpone y dicte sentencia ordenando su libertad, haciendo que se reparen los defectos legales o poniendo al demandado a disposición del juez competente; y para los casos en que la persecución o detención ilegales hayan cesado, corresponderá la reparación de daños y perjuicios, conforme al art. 91.VI de la LTC.