Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2007-R
Fecha: 18-Jul-2007
i)
Se demanda de hábeas corpus a Ángel Villarroel Díaz y Juan Marcos Terrazas Rojas, Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitando: i) La revocatoria del Auto de 21 de abril de 2007 y la validez de la recalificación y/o modificación efectuada por la fiscal Lilian Ferrufino al delito de lesión seguida de muerte; ii) La libertad inmediata de su representada; iii) Se mantengan las medidas sustitutivas que le fueron aplicadas.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- a)
- procedente en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2.
- revocaron dichas medidas y dispusieron la detención preventiva de L.L.T., sin justificar la concurrencia de los requisitos exigidos por el art. 233 del CPP a través de una resolución debidamente fundamentada, conforme lo exige el art. 236 del mismo cuerpo legal
- III.3.
- III.4.
- APROBAR