SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0646/2007-R
Fecha: 25-Jul-2007
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurso de amparo constitucional está dirigido contra Elmer Pardo Céspedes, ex Director y José García Poppe, ex Subdirector, ambos de la ANAPOL y éste último actual Director Nacional de Instrucción y Enseñanza de la Policía Nacional, solicitando se declare “procedente” el recurso dejando sin efecto la sanción disciplinaria de baja definitiva sin derecho a reincorporación contenida en el orden del día 218/2003 de 27 de noviembre, así como las Resoluciones del Consejo Académico de la ANAPOL 006/2005 de 31 de marzo y 027/2005 de 17 de junio y Resolución Administrativa (RA) 13/2005 de 8 de agosto, pronunciada en grado y recurso jerárquico por la Dirección Nacional de instrucción y enseñanza y que el Consejo Académico de la ANAPOL emita una Resolución motivada para que el recurrente rinda los exámenes de segunda opción en sujeción al reglamento vigente cuando se produjo la baja.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de observar la naturaleza inmediata del amparo. Necesaria interposición dentro del plazo de seis meses
- sino también a los principios de preclusión y celeridad, los mismos que no sólo dependen de los actos de la autoridad sino también del peticionante, quien debe estar compelido por su propio interés a realizar el seguimiento que corresponda a su solicitud, de modo que cuando no ha sido diligente en propia causa no se puede pretender que esta jurisdicción esté supeditada en forma indefinida para otorgarle protección
- III.2. El caso analizado
- APROBAR