SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0660/2007-R
Fecha: 31-Jul-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La parte recurrente ratificó los fundamentos expuestos en el recurso y los amplió señalando lo siguiente: Es evidente que el Tribunal Constitucional a través de su jurisprudencia ha establecido que el recurso de amparo constitucional es subsidiario, pero también ha señalado como excepción a dicho principio, la existencia de medidas de hecho, adecuándose el presente caso a ello, existiendo los dos elementos esenciales para que proceda la citada excepción, pues el derecho de propiedad se encuentra plenamente consolidado y no controvertido, y además las personas avasalladoras no se encontraban en posesión del lugar y con medidas de hecho arbitrarias se han asentado en el mismo, por lo que en la vía de la excepción procede la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1.
- III.1.2.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR