Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0660/2007-R
Fecha: 31-Jul-2007
II.5.
II.5. El 15 de marzo de 2006, el diario “La Patria” de Oruro publicó nota de prensa sobre la toma de terrenos de la familia Urquidi, en la que figuran declaraciones prestadas por el recurrido Luis Alegría García, como “uno de los impulsores de la toma de terrenos” (sic) (fs. 54); asimismo en la edición del diario “La Prensa”, de la misma fecha, en nota de prensa sobre el mismo tema, figura el correcurrido Marcos Quispe como jurista y las declaraciones del recurrido Luis Alegría García, como representante del “Movimiento Sin Casa” (fs. 82 a 83).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1.
- III.1.2.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR