SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0661/2007-R
Fecha: 31-Jul-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela de sus derechos a la seguridad, a la defensa y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16.II y IV de la CPE; los cuales considera vulnerados por los recurridos, porque en el proceso disciplinario al que fue sometido, la funcionaria encargada de la investigación apeló la Resolución del Tribunal Sumariante sin tener legitimación para ello y dicho recurso nunca le fue notificado, imposibilitando su defensa; luego, los recurridos le sancionaron en forma ilegal, porque su conducta no se adecuó a las tipificaciones acusadas, ya que la demora denunciada se encuentra justificada, y sólo se castiga aquella injustificada; y de otro lado, la acusación de no haber promovido acción disciplinaria contra el personal de su despacho, no existe, ya que la infracción que supuestamente omitió denunciar, no fue cometida por el Oficial de Diligencias, por lo que no debió ser sancionado. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.