SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2007
Fecha: 15-Ago-2007
II.3.
II.3. El 10 de noviembre de 2006, el Tribunal Administrativo del SEDUCA de Santa Cruz dictó Auto Inicial de proceso administrativo contra Ángel Rafael Arcia Mayorga -hoy recurrido- (fs. 227 a 228 vta.) y el 6 de diciembre de 2006 se dictó el Auto Final del sumario por el que declaró probadas las denuncias interpuestas, disponiendo la destitución y retiro definitivo de Ángel Rafael Arcia Mayorga del cargo de Jefe de la Unidad de Seguimiento y Supervisión del SEDUCA Santa Cruz (fs. 294 a 296 vta.). Interpuesto el recurso de revocatoria, se dictó la Resolución de 28 de diciembre de 2006 por la que se rechazó el memorial presentado por extemporáneo, declarándose ejecutoriado el Auto Final del sumario (fs. 316), y el 14 de febrero de 2007 se pronunció la RA SSC/IRJ/017/2007 por la que el Superintendente General del Servicio Civil anuló obrados hasta la emisión del Auto Inicial de sumario, disponiendo que el recurrido sea restituido al cargo que ocupaba en el SEDUCA de Santa Cruz (fs. 322 a 328).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza del recurso directo de nulidad
- significa el ejercicio ilegítimo, por parte de un funcionario o autoridad, de una función que le está reconocida a otra autoridad o funcionario;
- III.2. Normativa legal aplicable
- III.3. El caso concreto
- “Designar a los directores distritales de educación y personal técnico del SEDUCA…”;
- FUNDADO