SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0697/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0697/2007-R

Fecha: 13-Ago-2007

i)

La recurrente alega que se han vulnerado sus derechos a la libertad, a la defensa y de la garantía del debido proceso, pues la autoridad judicial recurrida dispuso su detención preventiva, pese a que: i) En el acta de su declaración no figura la participación del traductor; ii) Fue notificada con la imputación formal sin la presencia de un traductor; iii) La audiencia cautelar se desarrolló sin la presencia de un traductor pese a entender sólo el idioma aymara; y iv) Sin considerar que en la audiencia puso en conocimiento del Juez recurrido, que no es una persona letrada y que cuenta con setenta años por lo que la detención preventiva es improcedente. Corresponde, en revisión, considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.