Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0697/2007-R
Fecha: 13-Ago-2007
III.2.
III.2. En la problemática planteada, se tiene de los antecedentes que informan el cuaderno procesal, que por requerimiento de 31 de marzo de 2007, el Ministerio Público imputó formalmente a la recurrente la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas, impetrando su detención preventiva; en cuyo mérito, el mismo día se desarrolló la audiencia para la consideración de las medidas cautelares que concluyó con el Auto 94/07, por el cual el Juez recurrido dispuso la detención preventiva de la recurrente en el centro de orientación femenina de Obrajes de la ciudad de La Paz, advirtiendo sobre el plazo para hacer uso del respectivo medio de impugnación.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- i)
- a que se le nombre un traductor o intérprete cuando no comprenda el idioma español
- derecho del inculpado de ser asistido gratuitamente por el traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal´
- III.2.
- lo que implica que la autoridad judicial no procedió a la designación de un traductor
- III.3.
- APROBAR