Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0722/2007-R
Fecha: 17-Ago-2007
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
De acuerdo a lo relatado plantean recurso de amparo constitucional contra Rolando Toledo Pereira, Juez Décimo de Partido en lo Civil Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando sea declarado “procedente”, se ordene mantenerlos en posesión del inmueble del que han sido desapoderados por mandamiento expedido por el Juez recurrido, y se anulen obrados hasta el vicio más antiguo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- no se encuentra en una situación de indefensión la persona a quien se ha dado a conocer la existencia del proceso y ha podido intervenir en él
- III.2. Caso examinado
- si bien es cierto
- El Recurso de Amparo no procederá contra las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- APRUEBA