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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0729/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0729/2007-R

    Fecha: 20-Ago-2007

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR, la Resolución 51/2006 de 30 de agosto, cursante de fs. 107 a 108, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • 1)
    • denegando
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • el agraviado debe acusar el acto indebido o ilegal constituido ya sea en un acto procesal o en una resolución ante la instancia última
    • III.2.
    • III.3.
    • APROBAR

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