Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0729/2007-R
Fecha: 20-Ago-2007
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
El recurso de amparo constitucional está dirigido contra Marlene Terán de Millán, Directora Distritral del Consejo de la Judicatura de La Paz, solicitando sea declarado “procedente” (sic) y se disponga la nulidad de la RA 0013/2005 y posteriores actuados, incluido el memorando DD-CJ/20/2006, en consecuencia, la restitución a sus funciones más el pago de los haberes que ha dejado de percibir.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el agraviado debe acusar el acto indebido o ilegal constituido ya sea en un acto procesal o en una resolución ante la instancia última
- III.2.
- III.3.
- APROBAR