Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0729/2007-R
Fecha: 20-Ago-2007
II.4.
II.4. El 17 de octubre de 2005, en el recurso jerárquico presentado contra la RA 013/2005 emitida el 1 de septiembre de 2005, por la Directora Distrital del Consejo de la Judicatura de La Paz por el ahora recurrente, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, a través de la Resolución 262/2005, confirmó la Resolución impugnada (fs. 14 a 18).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el agraviado debe acusar el acto indebido o ilegal constituido ya sea en un acto procesal o en una resolución ante la instancia última
- III.2.
- III.3.
- APROBAR