Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0044/2010
Fecha: 06-Oct-2010
II.2.
II.2. El 19 de julio de 2007, dentro del proceso de saneamiento agrario ejecutado en el predio denominado Agropecuaria "Laguna Corazón" ubicado en la provincia Guarayo del departamento de Santa Cruz, Juan Carlos Rojas Calizaya, Director Nacional a.i del INRA, emitió la RA 118/2007, mediante la cual dispuso la anulación de obrados hasta la etapa de evaluación técnico jurídica, anulando asimismo la ficha catastral y la ficha de registro de la función económico social. (fs. 14 a 19)
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. La competencia del Tribunal Constitucional transitorio para el conocimiento de los recursos pendientes dentro del ámbito del control competencial.
- abrogó
- 1.
- Fragmento 18
- III.1.2. La aplicación de la Constitución vigente y la posibilidad de analizar el fondo del problema planteado
- reconocen y amplían derechos fundamentales y garantías constitucionales (…)"( las negrillas nos corresponden)
- respecto al contenido material de una norma,
- III.2. Naturaleza del recurso directo de nulidad
- III.3. La aceptación expresa o tácita de la competencia cuestionada impide acudir a la jurisdicción constitucional, mediante el Recurso Directo de Nulidad, alegando falta de competencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- INFUNDADO