SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1446/2010-R
Fecha: 01-Oct-2010
1.1.1. Hechos que motivan el recurso
Dentro del proceso ordinario de nulidad de garantía hipotecaria y reivindicación que siguió Ruth Fátima Flores de Escóbar contra el Banco Ganadero S.A., el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Resolución de 4 de abril de 2003, declaró improbada la demanda con costas, Resolución que fue confirmada mediante Auto de Vista 655 de 10 octubre de 2003, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del referido Distrito Judicial, contra el que interpuso la demandante recurso de casación en el fondo, denunciando la errónea interpretación y aplicación indebida de la Constitución Política del Estado abrogada, Código de Familia y del Código Niño, Niña y Adolescente, por la valoración parcializada de la prueba, que sólo consideró la que acreditaba el préstamo y no así la unión conyugal libre y de hecho.
- recurso de
- 1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria
- 1)
- III.4. Las uniones conyugales libres y sus efectos jurídicos
- "Las uniones libres o de hecho,
- Art
- Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre una mujer y un hombre sin impedimento legal, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a las hijas e hijos adoptados o nacidos de aquéllas
- III.5. La problemática planteada
- POR TANTO