Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1446/2010-R
Fecha: 01-Oct-2010
I.3.
Al haberse designado a las nuevas autoridades y reiniciado las labores jurisdiccionales, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, El Pleno dispuso la reanudación del sorteo de causas, en cuyo cumplimiento el expediente fue sorteado el 13 de julio de 2010, asimismo por la complejidad del caso se dispuso realizar la ampliación de plazo mediante Acuerdo Jurisdiccional 162/2010 de 8 de septiembre, por lo que la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- recurso de
- 1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria
- 1)
- III.4. Las uniones conyugales libres y sus efectos jurídicos
- "Las uniones libres o de hecho,
- Art
- Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre una mujer y un hombre sin impedimento legal, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a las hijas e hijos adoptados o nacidos de aquéllas
- III.5. La problemática planteada
- POR TANTO