SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1446/2010-R
Fecha: 01-Oct-2010
recurso de
En revisión la Resolución 284/2007 de 23 de agosto, cursante de fs. 104 a 106, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Genoveva Quevedo Hurtado y Cimar Martínez Barrera, en representación de Ruth Fátima Flores de Escóbar contra Emilse Ardaya Gutiérrez y Rosario Canedo Justiniano Ministras de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la propiedad privada, citando al efecto los arts. 7 incs. a) e i) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de
- 1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria
- 1)
- III.4. Las uniones conyugales libres y sus efectos jurídicos
- "Las uniones libres o de hecho,
- Art
- Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre una mujer y un hombre sin impedimento legal, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a las hijas e hijos adoptados o nacidos de aquéllas
- III.5. La problemática planteada
- POR TANTO