SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1484/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1484/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

denegando

en Tribunal de garantías, dictó la Resolución 57/2007 de 14 de diciembre, corriente de fs. 3035 a 3039, denegando la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Las autoridades judiciales recurridas han establecido que para efectos de la extinción de la acción penal, el tiempo de duración del proceso es a partir del primer acto procesal, es decir desde la denuncia, querella o la intervención policial preventiva, apoyando su decisión en las SSCC 0033/2006-R y 1036/2002-R, así como en el art. “133 inc. 5)” del CPP, al establecer que ocasionaron los actos dilatorios, así como la transgresión del art. 301 del CPP, apoyado en la SC 0292/2006-R, y no como sostiene el recurrente que pretende que el cómputo para la extinción de la acción penal se realice a partir de la notificación con la imputación a los implicados; 2) Estos fallos están basados en la  línea jurisprudencial emitida por el Tribunal Constitucional, que tiene carácter vinculante, que establece la siguiente conformación del proceso penal, que subdivide la etapa preparatoria entres fases: i) Actos iniciales; ii) Desarrollo de la Etapa Preparatoria, y, iii) La conclusión de la etapa preparatoria.