Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1487/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.1.
II.1. El 28 de diciembre de 2000, el entonces Servicio Nacional de Impuestos Internos emitió la Vista de Cargo 200-112,602-021/2000 contra la empresa constructora “Giovanni de Col S.R.L.” (representada por el recurrente) por adeudos tributarios correspondientes a los impuestos IVA, IT, RC-IVA e IUE por el periodo fiscal de 1998 (fs. 1 a 3); posteriormente, se dictó la Resolución Determinativa LP-200 de 22 de marzo de 2001, determinándose de oficio la deuda tributaria de la empresa en Bs1473,051.- (un millón, cuatrocientos setenta y tres mil, cincuenta y un bolivianos) por tributos y accesorios (fs. 5 a 7), la que fue notificada al contribuyente el 27 del mismo mes y año (fs. 8).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- fue notificado personalmente el
- concedido
- 1º REVOCAR
- 2º