Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1487/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.2.
II.2. La empresa representada por el recurrente el 9 de abril de 2001, interpuso demanda contenciosa tributaria (fs. 19 a 22), radicada ante la Jueza Primera de Partido en lo Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, que por Sentencia 008/2005 de 24 de marzo, se declaró improbada la demanda, manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa impugnada (fs. 24 a 29), declarándose expresamente la ejecutoria del fallo por Auto de 15 de abril de 2005 (fs. 30 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- fue notificado personalmente el
- concedido
- 1º REVOCAR
- 2º