SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1492/2010-R
Fecha: 06-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 05/2007 de 13 de diciembre, cursante de fs. 97 a 102, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Concepción, provincia Ñuflo de Chávez del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Hein Doerksen Siemens, Isaac Reimer y Anthony Dyck, en representación de la Colonia Menonita “Villa Cariño” contra Alejandro Surco y Alejandro Lima, representantes de la Comunidad Agraria Montenegro y Bernardo Camacho, representante del Sindicato Agrario 24 de Septiembre, alegando la vulneración de su derecho a la propiedad privada, citando al efecto el art. 7 inc. i) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. La tutela excepcional del amparo por medidas de hecho
- 1) el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado y 2) la evidencia, tampoco controvertida, de que los recurridos no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los recurrentes…"
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR