SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1515/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, en representación de la empresa Continental de Construcciones S.R.L., alega la vulneración de los derechos a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, manifestando que dentro del proceso de licitación pública 06/2007, la autoridad recurrida, en su calidad de MAE, confirmó la RA de adjudicación 87/07 a favor de la empresa “TRES SIGLOS”, en base a los informes de la comisión calificadora y el del Asesor de la Dirección de Recursos Naturales y Medio Ambiente, DRNMA 467/2007; y el art. 17 y 19.II a) del Reglamento del texto ordenado del DS 27328, interpretando que la omisión incurrida en el formulario A-12, correspondiente al resumen de la información financiera exigido en el pliego de condiciones, se consigne la gestión 2006 y en el correspondiente a su representada, se señaló 2007, otorgándole a esta situación, la calidad de error no subsanable que implica la descalificación de la propuesta. La autoridad recurrida, no consideró que la gestión fiscal de la empresa según su NIT y balances, corresponden al periodo comprendido entre abril de 2006 a marzo de 2007; además, la resolución que emitió, carece de fundamentación técnica y jurídica, no es expresa, motivada, ni única. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la empresa representada por el recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 4
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional, subsidiariedad y proceso contencioso administrativo
- III.4. La notificación al tercero interesado en la presente acción tutelar
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR