Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1545/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.2.
II.2. Mediante Auto de 27 de agosto de 2003, emitido por la Jueza Segunda de Instrucción Mixta y cautelar de Punata del Distrito Judicial de Cochabamba, se dispuso la anotación preventiva del camión con placa de circulación 555-“SHD” ante la Dirección Departamental de Tránsito y la Alcaldía Municipal de Cochabamba, y sea mediante despacho instruido (fs. 79).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- 1)
- denegó
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Naturaleza subsidiaria del recuso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.4. Marco legal respecto a los bienes incautados
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR