Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1557/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
recurso
En revisión la Resolución 394/2007 de 18 de diciembre, cursante de fs. 111 a 113, pronunciada por la Sala Social Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Mauricio Ferdin Humboldt Duarte contra Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Wilfredo Ovando Rojas, ex Ministros de la Corte Suprema de Justicia, alegando la vulneración de su derecho “a la tutela judicial efectiva vinculada al derecho de petición”, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y h) y 16.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Fragmento 14
- III.3. Legitimación pasiva
- Si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia,
- b)
- Fragmento 18
- el funcionario o autoridad ya no ocupa el cargo en el que se encontraba cuando ocasionó la lesión al derecho o garantía; en estos casos, la demanda debe dirigirse contra la persona que en el momento de la presentación de la acción, se encuentra desempeñando esa función
- Fragmento 20
- REVOCAR