SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1570/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, al trabajo y a la defensa, aduciendo que el 15 de noviembre de 2007, cuando en sesión ordinaria del Concejo Municipal de El Alto, llevada a cabo en instalaciones de la FEJUVE de El Alto, individuos presuntamente dedicados a la actividad dirigencial entre los que se encontraban Macario Ingali Apaza, Pastora Condorena, Adolfo Mamani y Jorge López entre otros, lo obligaron a firmar en 3 o 4 documentos su renuncia irrevocable, que se encontraba en papel corriente, estando ese momento su voluntad anulada por la presión social que sufría, hechos además que fueron percibidos por todos los Concejales; empero, ese mismo día el Concejo Municipal, sin que estuviera en el orden del día trato esa ilegal renuncia, a pesar de haberse presentado retractación del mismo y reconsideración de la aceptación de su renuncia. Correspondiendo analizar, en revisión, si lo demandado se encuentra dentro los alcances de la acción de amparo constitucional prevista en el art. 128 de la Constitución Política del Estado vigente (CPE).
- recurso d
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- En cuanto al derecho a la defensa,
- En cuanto al derecho al trabajo,
- el derecho al trabajo es una manifestación de la libertad del ser humano, que le reconoce y garantiza el desempeño libre de una actividad legítima
- En cuanto al derecho al debido proceso,
- III.3. Análisis del caso concreto
- la renuncia a su cargo de Concejal Municipal de El Alto del accionante, no es válida
- más aún cuando se trata de una renuncia, pues esta debe ser presentada y firmada únicamente por el recurrido (recurrente) sin la intervención de terceros como ha ocurrido en el caso de autos, donde para lograr la renuncia se ejerció presión
- REVOCAR