SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1581/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1581/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes, ahora accionantes, alegan como lesionado su derecho a la defensa negándoles el derecho de recurrir, por cuanto dentro del proceso civil instaurado por Rafael Bermúdez, donde tienen la calidad de demandados y reconvencionistas, fueron notificados con el Auto de Vista 131 de 17 de octubre de 2007, por el que se revocó la Sentencia en cuanto a la demanda reconvencional y probadas las excepciones, en tablero ignorando la jurisprudencia constitucional que indicó que los Autos de Vista deben ser notificados en forma personal; o en su caso en el domicilio procesal señalado que fue fijado, conforme consta del escrito cursante a fs. 2 de obrados.  Corresponde analizar, en revisión, si lo demandado amerita o no conceder la tutela solicitada.