Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1594/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, el recurrente por su representado interpone recurso de amparo constitucional contra Marcela Siles Jaksic, Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz; solicitando se declare procedente el recurso y se conceda el mismo anulando obrados hasta la legal notificación con la denuncia de 31 de octubre de 2006, a objeto de que preste su declaración informativa. Con calificación de daños y perjuicios.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.
- APROBAR