SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
Fragmento 15
De la lectura y análisis de la demanda, se infiere que los accionantes denuncian la reestructuración de la Directiva del Concejo Municipal de Sapahaqui, provincia Loayza del departamento de La Paz, por parte de las autoridades demandadas, usurpando las funciones del Concejo Municipal, argumentando la nulidad de pleno derecho de la Resolución Municipal HCMS/36/2007 de 2 de agosto ahora impugnada, precisamente por haber sido emitida por las autoridades demandadas atribuyéndose una competencia que no tienen y en consecuencia solicitan, entre otros, la declaratoria de nulidad y la restitución inmediata en sus funciones como Concejales Municipales de Sapahaqui en calidad de Presidente y Secretario del Concejo Municipal; refiere inclusive al art. 31 de la CPEabrg, indicando que la Resolución Municipal antes mencionada, fue emitida sin competencia, usurpando las funciones del Concejo Municipal.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1.
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La nulidad por falta de competencia o usurpación de funciones - recurso directo de nulidad
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR