Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Luego de la intervención de la autoridad recurrida, ante la pregunta del Juez de garantías, respecto a la presentación de su renuncia expresa a sus cargos tanto directivos como de concejales antes de la Resolución 036/2007, alegaron que nunca presentaron la misma y menos autorizaron asumir sus funciones a los suplentes; y sobre si fueron sometidos a proceso administrativo previo, para la convocatoria a los suplentes conforme a la Ley 2028 de 28 de octubre de 1999, respondieron que no existió proceso previo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1.
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La nulidad por falta de competencia o usurpación de funciones - recurso directo de nulidad
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR