Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1653/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 81/2008 de 11 de marzo, cursante de fs. 149 a 151, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Tomás Céspedes Diaz contra David Barrios Montaño y Antonio Hassenteufel Salazar, Vocales de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, alegando la vulneración de su derecho a la “seguridad jurídica”, a la igualdad y la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts.6, 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. El principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.3.2. De los actos libremente consentidos
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR