Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1662/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, el recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra Juan Carlos Peñaloza Saravia, Jenny Serrano Flores, Marcelo Aldunate Deromedis, Oscar Alba Salazar, Sergio Reyes Villa Bacigalupi, Ricardo Pérez Jordán, Víctor Cáceres Rodríguez, Walter Arancibia Soto y Marco Araoz Melean, miembros del Consejo de Vigilancia de COMTECO Ltda.; pidiendo se dejen sin efecto las Resoluciones CV 001/2007, 002/2007 y 004/2007, se declare la causal de cesación de funciones de Víctor Cáceres Rodríguez y se disponga la reincorporación del primer Suplente, como Director titular del Consejo de Vigilancia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. El amparo constitucional y las causales de improcedencia
- III.4. Los actos consentidos libre y expresamente
- cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- III.5. Análisis del problema jur
- hasta la reincorporación del Prof. Cáceres
- consintiendo con el acto ilegal que ahora reclama
- APROBAR