SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1662/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 44 de 8 de noviembre de 2007, cursante de fs. 206 a 208, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Ronaldo Pol Salinas contra Juan Carlos Peñaloza Saravia, Jenny Serrano Flores, Marcelo Aldunate Deromedis, Oscar Alba Salazar, Sergio Reyes Villa Bacigalupe, Ricardo Pérez Jordán, Víctor Cáceres Rodríguez, Walter Arancibia Soto y Marco Araoz Melean, miembros del Consejo de Vigilancia de la Cooperativa de Telecomunicaciones de Cochabamba (COMTECO Ltda.) alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y legalidad, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y d) y 32 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. El amparo constitucional y las causales de improcedencia
- III.4. Los actos consentidos libre y expresamente
- cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- III.5. Análisis del problema jur
- hasta la reincorporación del Prof. Cáceres
- consintiendo con el acto ilegal que ahora reclama
- APROBAR