Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1670/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El Fiscal de Distrito a.i., al negarle el ejercicio de la acción penal, sin explicar o justificar los fundamentos en los cuales se sustenta esa negativa, apartándose de la verdad objetiva con relación a las pruebas colectadas en etapa preparatoria, incurrió en defectuosa valoración de la misma, vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva.
Acusa que las autoridades hoy recurridas, conculcaron normas procesales y garantías constitucionales, quebrantando con actos ilegales y omisiones indebidas, principios procesales de orden constitucional referidos a la “seguridad jurídica”, valoración de pruebas y por último el principio de fundamentación y pertinencia de la resolución.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del Tercero interesado
- denegó
- a)
- Fragmento 10
- II.1. Antecedentes generales del proceso
- 1)
- .
- II.4. Segunda Impugnación a la Resolución de sobreseimiento y su resolución
- Fragmento 15
- objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- valorar medios probatorios para fundar y sustentar una persecución penal ante los órganos jurisdiccionales
- III.4. Del sobreseimiento y la función del Ministerio Público
- III.5. Análisis de la problemática concreta
- i)
- APROBAR