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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1677/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1677/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

    3.

    3.  El incidente de observación a la planilla de costas que el  4 de octubre presentó  el Banco Bisa S.A. a través de su representante, fue presentado extemporáneamente y sin considerar que conforme al art. 272 del CPP sólo podía hacerlo respecto a la planilla que elaboró la Secretaría, pero no así respecto a la Resolución que elaboró el Juez.

    • recurso de amparo constitucional actualmente acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • f)
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • concedió
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2.Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
    • III.3. El trámite de imposición de costas
    • Fragmento 26
    • Fragmento 27
    • III.4. El caso en revisión
    • APROBAR

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