SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1677/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1677/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

4.

4.  De acuerdo al art. 264 las costas procesales comprenden los gastos originados dentro del proceso, pago de honorarios de los abogados y remuneración de los jueces ciudadanos y se imponen para resarcir los pagos y gastos que realizaron las partes; de los antecedentes que cursan en el expediente se aprecia que para soportar el proceso por más de tres años, tuvieron que pagar más de $us70 000.- (setenta mil dólares estadounidenses) a sus abogados, pues conforme al arancel del Colegio de Abogados la cuantía mínima por procesos por delitos de acción penal privada es de Bs3 000.- (tres mil bolivianos) y 10% sobre la cuantía, sin que se establezca diferencia si el pago es para el querellante o el querellado porque se entiende que es por el proceso.