SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1677/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
4.
4. De acuerdo al art. 264 las costas procesales comprenden los gastos originados dentro del proceso, pago de honorarios de los abogados y remuneración de los jueces ciudadanos y se imponen para resarcir los pagos y gastos que realizaron las partes; de los antecedentes que cursan en el expediente se aprecia que para soportar el proceso por más de tres años, tuvieron que pagar más de $us70 000.- (setenta mil dólares estadounidenses) a sus abogados, pues conforme al arancel del Colegio de Abogados la cuantía mínima por procesos por delitos de acción penal privada es de Bs3 000.- (tres mil bolivianos) y 10% sobre la cuantía, sin que se establezca diferencia si el pago es para el querellante o el querellado porque se entiende que es por el proceso.
- recurso de amparo constitucional actualmente acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El trámite de imposición de costas
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- III.4. El caso en revisión
- APROBAR