SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1677/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1677/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.5.

II.5.  Resolviendo ese incidente, el Juez recurrido pronunció el Auto 104/2007 de 27 de septiembre aprobó la planilla de costas procesales  de 17 de septiembre, que fue elaborada por su Secretaria Abogada, estableciendo que la entidad financiera recurrente debía cancelarlas y modificando los montos establecidos en ella, determinando el importe de costas de la siguiente manera:  Gastos del proceso  Bs904.- (novecientos cuatro      bolivianos); honorarios profesionales Bs1 000.- (mil bolivianos) y el 10% de la cuantía de $us506 995.- (quinientos seis mil novecientos noventa y cinco dólares estadounidenses) (fs. 940 a 941).