SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1679/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1679/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.3.

II.3. Mediante requerimiento fiscal de 25 de enero de 2008, el Fiscal de Materia, requirió al Gerente General de la Aduana Regional de Pando, hacer la entrega y/o devolución del vehículo de propiedad del recurrente, a éste y a su madre, en calidad de depositarios judiciales mientras durare el proceso de investigación por el delito de contrabando; con el argumento que mediante Auto Interlocutorio 07/2008 de 21 de enero, el Juez cautelar habría ordenado que el Ministerio Público proceda a la devolución del camión o en su defecto impute formalmente solicitando el decomiso preventivo, y que debía aplicarse el principio de objetividad al constituir dicho camión una herramienta de  trabajo, además de observarse los arts. 186 y 189 del CPP, ambos en sus segundos párrafos (fs. 6 y vta.).