SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1679/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1679/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo, a la petición y a la propiedad privada, indicando que dentro de las investigaciones realizadas por el Ministerio Público por el supuesto delito de contrabando, pese a que el Juez cautelar dispuso mediante Resolución que se cumpla con la entrega de su vehículo conforme a lo determinado por el art. 189 del CPP o caso contrario se impute formalmente, ordenando el Fiscal a través de requerimiento fiscal, la devolución de su vehículo; la autoridad recurrida se niega a dar cumplimiento a dicha determinación, sin dar respuesta alguna a los memoriales que presentó impetrando su observancia; motivo por el que se ve afectado, al ser objeto su vehículo de un gran deterioro, y causarle perjuicio en la actividad que desarrolla como transportista internacional de carga, imposibilitándole que pueda trabajar y alimentar a su familia. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.