SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1683/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Con el derecho a la réplica, puntualizó que a espaldas del mandante ahora recurrente, suscribieron de manera dolosa, la apoderada de Rosa María Rodríguez Ugarte y Juan Miranda Villegas, un documento transaccional en el que se cancelaba la deuda y los intereses; sin embargo, el mismo no hacía referencia a los honorarios profesionales, situación que ameritó que el recurrente lo haga por sí solo; posteriormente, presenta una liquidación de honorarios profesionales, misma que fue observada aseverando de que ya había sido cancelada, situación que niega rotundamente; alega que, después, la apoderada presentó el mismo documento con una cláusula adicional donde las firmas no han sido reconocidas, documento que debió ser rechazado por el juez de la causa; sin embargo ordenó la regulación de honorarios profesionales y posteriormente la ejecutorió.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- Fragmento 7
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria como atribución de la jurisdicción común
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 23
- REVOCAR