SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1698/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1698/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

i)

  Javier Ángel Campero Rodríguez, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, en el informe cursante a fs. 183 y vta., refirió: i) Su autoridad tuvo conocimiento del proceso, cuando ya se encontraba adjudicado el inmueble a nombre de Maribel Villarreal Copaja, por Auto de Vista 234/2006 de 27 de abril, correspondiendo proseguir con la ejecución de la Sentencia, disponiendo la notificación de Trifón Mamani Fulguera a objeto de la entrega del bien bajo conminatoria de desapoderamiento; asimismo, ordenó la notificación de posibles ocupantes y/o poseedores, para que dentro del plazo señalado por el art. 45 de la LAPCAF, presenten sus respectivas oposiciones; ii) La recurrente, planteó oposición, ante el suscrito, quien mediante Resolución 112/2007 de 17 de marzo, declaró probado el incidente; iii) La parte coactivante, interpuso recurso de apelación contra la Resolución 112/2007, siendo revocada mediante Resolución 296/2007 de 22 de agosto, dictada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, determinándose el rechazo del incidente de oposición planteado, salvando sus derechos por la vía legal correspondiente, por lo que su autoridad, en cumplimiento del Auto de Vista prosiguió con la tramitación de la ejecución de acuerdo a procedimiento; iv) Mediante Auto de 15 de diciembre de 2007, dispuso se libre mandamiento de desapoderamiento, auto con el cual fue notificada la recurrente el 23 de enero de ese año, sin que hubiere planteado recurso de apelación; y, v) La recurrente fue notificada con el Auto de Vista 296/2007 que rechaza su oposición, y recién después de cuatro meses, interpuso excepción de “impracticabilidad de ejecución de la sentencia” (sic), con el fundamento de que la precitada Resolución, salva sus derechos por la vía legal correspondiente, la que se encuentra en trámite.