Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1713/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. La empresa demandante, mediante memorial presentado el 2 de mayo de 2007, refiere cumplir lo extrañado sosteniendo no existir en ese caso, terceros interesados, que mereció el decreto de 4 de mayo del mismo año, por el que la Sala Primera del TAN, dispone presente el título ejecutorial, cuya nulidad se pide, así como al constatarse existir colindantes, señale el nombre completo del representante de Avícola Pascal, concediéndole el último plazo de cinco días, al que dio cumplimiento, por memorial de 14 de mayo de 2007 (fs. 23 a 24).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fragmento 7
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- siempre y cuando, los mecanismos internos para el cuestionamiento de las mismas no hayan brindado la tutela debida,
- b)
- III.3.2 .Improcedencia del recurso de amparo constitucional frente a resoluciones que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- Fragmento 20
- III.4. El caso en examen
- APROBAR