SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1713/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 112/2008 de 8 de abril, cursante de fs. 123 a 125 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesta por Carlos Alfredo Arízaga Alarcón en representación de Félix Mario Rivera Hinojosa contra Iván Gantier Lemoine, Gonzalo Castellanos Trigo y Esteban Miranda Terán, Vocales de la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, alegando la vulneración sus derechos a la seguridad jurídica, a la igualdad, al trabajo, a la propiedad privada y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a), d), i); 6.I, y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fragmento 7
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- siempre y cuando, los mecanismos internos para el cuestionamiento de las mismas no hayan brindado la tutela debida,
- b)
- III.3.2 .Improcedencia del recurso de amparo constitucional frente a resoluciones que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- Fragmento 20
- III.4. El caso en examen
- APROBAR