SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1728/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1728/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

es una medida preventiva por cuanto cumple los dos objetivos por el cual es impuesta: 1° Asegurar que el funcionario público pueda asumir defensa plena en el proceso penal que le siguen por delitos de acción pública, como consecuencia de la acusación formal planteada en su contra, disponiendo del mayor tiempo para ello; y, 2° Evitar el entorpecimiento del desarrollo normal del proceso penal sustanciado

A pesar de haber sido este el argumento esgrimido por el Fiscal General de la República a.i., en la Resolución 150/2007, el accionante alega como vulnerados sus derechos y garantías al debido proceso y a la defensa, al considerar que constituye una sanción anticipada, previo al inicio de un proceso disciplinario en su contra; sin embargo, es una medida preventiva por cuanto cumple los dos objetivos por el cual es impuesta: 1° Asegurar que el funcionario público pueda asumir defensa plena en el proceso penal que le siguen por delitos de acción pública, como consecuencia de la acusación formal planteada en su contra, disponiendo del mayor tiempo para ello; y, 2° Evitar el entorpecimiento del desarrollo normal del proceso penal sustanciado; objetivo de transcendental importancia considerando el cargo que funge el actual accionante: Fiscal de Distrito, posición ventajosa desde la cual podría influenciar negativamente en el ánimo de los acusadores, testigos y peritos intervinientes en el juicio oral pronto a realizarse.

Los fundamentos expuestos no pueden ser considerados como vulneración al debido proceso, ya que al constituir una medida preventiva al juicio oral esta será levantada una vez que el accionante haya sido beneficiado con sentencia absolutoria, caso en el cual, además de los daños y perjuicios, la remuneración retenida le será restituida, de manera inmediata y sin dilaciones burocráticas, debiendo encargarse el Ministerio Público de garantizar su efectiva devolución.