SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1740/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita la tutela de su derecho a la inviolabilidad de domicilio, denunciando que fue vulnerado por la autoridad jurisdiccional recurrida, siendo que funcionarios de la FELCN ingresaron de manera violenta a la habitación donde se encontraba alojado y lo aprehendieron sin contar con el correspondiente mandamiento de allanamiento emitido por autoridad competente, y ante su denuncia de vulneración de derechos y garantías, presentada ante la Jueza de la causa en la audiencia de medidas cautelares, se le negó su libertad, con el falso argumento que se trataba de un delito flagrante y además existía la autorización voluntaria del administrador del Hotel; decisión que en apelación incidental, se confirmó por los Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre el principio de inmediatez del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre el cómputo para el inicio del plazo de los seis meses en las acciones de amparo constitucional
- III.5. Sobre la apelación del incidente de nulidad por defectos absolutos
- III.6. Sobre la identidad de objeto, sujeto y causa en el recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.7.1. Con relación a la inmediatez alegada por el Tribunal de garantías
- III.7.2. Con relación al fondo de la problemática planteada
- APROBAR