SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1748/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1748/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

1)

En el informe cursante de fs. 157 a 162 vta., los representantes de la autoridad recurrida, señalan que: 1) Por mandato del artículo único del DS 29468, el “Presidente de la República” (sic), puede designar mediante Decreto Presidencial a los Prefectos interinos hasta que se posesione el Prefecto electo en comicios generales, tal cual se dio en el caso de Armando Ariel Iriarte Gastelú, quien fue designado, mediante “Decreto Presidencial” 29471, ya que David Sánchez Heredia, formalizó su renuncia recién el 17 de diciembre de 2007; 2) En caso de que los recurrentes consideren que las normas promulgadas por el Órgano  Ejecutivo son inconstitucionales, debieron acudir al recurso que correspondía como es el recurso directo de nulidad o en su defecto planteado el “recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad” (sic); 3) El art. 45 de la CPEabrg. no establece nada respecto a la posesión; se refiere únicamente, al deber de realizar la declaración jurada de bienes y rentas antes de asumir el cargo, contemplada en la Ley del Estatuto del Funcionario Público y DS 26257, 27042 y 27349; y; 4) En cuanto a la Comunicación Interna SGCD 043/2008, por la cual se instruye a todas las dependencias a recibir y transmitir información, la misma se refiere a que éstas solicitudes deben ser canalizadas a través del Prefecto o en su defecto, mediante el Secretario General, en procura de velar por el orden y jerarquía institucional, sin que este hecho signifique en modo alguno restricción de los derechos de fiscalización de los Concejeros Departamentales.