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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1759/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1759/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

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    • recurso de amparo constitucional, ahora acción
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • Fragmento 4
    • 1)
    • denegar
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante'
    • III.2. Con relación a los requisitos de admisión de la acción de amparo constitucional
    • los otros requisitos son los de contenido, tales los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
    • Por principio general, el juez de tutela, está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido; esto muestra la enorme importancia que tiene el petitium de la causa, pues, el juez está vinculado a la misma; esto es, deberá conceder o negar el petitorio formulado
    • SC 0669/2010-R de 19 de julio,
    • empero este Tribunal a momento de efectuar la revisión de oficio advierte esta deficiencia en la interposición de la acción de amparo, por un principio de objetividad y seguridad jurídica, corresponde denegar la tutela con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo, salvando los derechos de los accionantes que las leyes establecen”
    • III.3. Análisis del caso de autos
    • denegado
    • APROBAR,

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