SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1759/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1759/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.4.

II.4. Por memorial de 12 de abril de 2007, el hoy recurrente opuso excepciones de incompetencia y falta de acción, argumentando que previamente es el juez de instrucción en lo civil quien debe conocer si existió o no despojo, es decir, eyección, solicitando remitir los antecedentes al Juez de turno en lo Civil (fs. 51 a 53 vta.).