SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1759/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1759/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.5.

II.5. Por Auto de 28 de septiembre de 2007, el Juez de la causa ahora recurrido, declaró improbadas las excepciones opuestas, con el fundamento de que si un hecho es relatado con las características descritas de un delito como es el despojo, la autoridad llamada a conocer en razón de la materia es el juez de sentencia (fs. 67 a 68), y ante esta determinación, el recurrente interpuso recurso de apelación incidental (fs. 69 al 71).