SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1765/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

1)

El recurrente, por medio de su abogado, ratificó íntegramente los términos del recurso interpuesto y añadiendo indicó que: 1) El Tribunal Constitucional en la “SC 287/99”, señala que las personas y autoridades deben adoptar sus determinaciones en el marco de la aplicación objetiva de la ley y no sujeta a los caprichos y mala voluntad de las mismas; en consecuencia, al haber asumido la decisión arbitraria de aceptar como renuncia, aquella que no lo es, vulneran su derecho a la seguridad jurídica; y,  2) El mismo Tribunal, respecto al derecho a la petición, estableció que el mismo, fue vulnerado con el sólo acto de no dar respuesta a cualquier solicitud, ya sea en sentido positivo o negativo; lo contrario significaría colocarlo en un estado de incertidumbre indefinido.